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Colombia: la consulta anticorrupción de 2018
2ª Rueda de entrevistas a expertos en Democracia Directa en América Latina, en el cuadro del V Pódium «Democracia Directa en América Latina: una mirada desde Suiza» (Universidad de Zúrich, 7 de noviembre 2019). Entrevista Brita Bamert a la Prof. Clara Rocío Rodríguez Pico.
— ¿Cómo evalúa la consulta anticorrupción de 2018?
— En primer lugar, es de señalar que la consulta se da debido a modificaciones normativas previstas en la nueva Ley Estatutaria de Participación Ciudadana (¹). Esta ley amplió el origen de las consultas populares permitiendo que sean iniciadas “desde abajo”, por ciudadanos u organizaciones sociales, así como por partidos políticos. El cambio fue aprovechado por parlamentarios del partido Alianza Verde, quienes, como ciudadanos, la promovieron.
En segundo lugar, es de destacar la importancia del asunto para la ciudadanía. El fracaso de múltiples iniciativas tramitadas en el Congreso hizo que las consignas “Vence al corrupto” y “Siete veces Sí”, tuvieran gran acogida y que se respaldara ampliamente tanto la recolección de firmas exigidas (5% del censo electoral), como la votación misma. Los siete termas de la consulta (reducir el salario de congresistas y altos funcionarios del Estado; cárcel a corruptos y prohibirles contratar con el Estado; contratación transparente obligatoria en todo el país; presupuestos públicos con participación de la ciudadanía; rendición de cuentas de asistencia, votación y gestión por parte de Congresistas; hacer públicas las propiedades e ingresos injustificados de políticos elegidos y extinguirles el dominio; y, máximo tres períodos en el poder público) obtuvieron todos un poco más del 99% de apoyo, desconociendo los argumentos de la oposición en el sentido de que algunas medidas propuestas no atacaban directamente la corrupción, ya existía normatividad al respecto o se utilizaban con intereses partidistas.
Aunque faltó algo menos de un 1% para que se lograra superar el umbral de participación de la tercera parte del censo electoral, 11.660.311 sufragios constituyen una de las votaciones más importantes para este tipo de evento ciudadano en Colombia, superando los 10.373.080 de votos con que fue elegido el presidente Iván Duque Márquez en las elecciones de junio de ese mismo año.
Por último, es de mencionar algunas implicaciones políticas. La plenaria del Senado aprobó mayoritariamente la iniciativa, el presidente la convocó, y ambos manifestaron que seguirían respaldando proyectos para su desarrollo. Si bien el avance de estas propuestas ha sido prácticamente nulo, un grupo de actores de la sociedad civil asumió la votación como un mandato ciudadano y organizó una veeduría para presionar la adopción de medidas que garanticen su cumplimiento. Por su parte, la vocera de la iniciativa, Claudia López es hoy alcaldesa electa de Bogotá y su partido consiguió importantes resultados en las pasadas elecciones subnacionales de octubre de 2019.
(1) Ley Estatutaria 1757 de 2015 “Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática” https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=65335
Clara Rocío Rodríguez Pico (Colombia)
PhD en Estudios Políticas, Profesora Asociada en la Universidad Nacional de Colombia.
Profesora Asociada, Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales, IEPRI, Universidad Nacional de Colombia. Coordinadora Maestría de Estudios Políticos, IEPRI. Asignaturas dictadas actualmente: «Referendos, plebiscitos y consultas populares: el caso de Colombia en perspectiva comparada» y «Seminario de profundización I».
clara rocío rodríguez pico (Universidad Nacional de Colombia)