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Perú y Suiza firman acuerdo de cooperación que busca reducir efectos del cambio climático
Convenio es pionero en el mundo y está en concordancia con lo establecido en el Acuerdo de París
Fuente: Lima, 20.10.2020 – Ministerio del Ambiente.
Estado peruano y la Confederación Suiza firmaron un acuerdo bilateral que permitirá reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), en el marco del Artículo 6 del Acuerdo de París, y que promoverá el financiamiento de proyectos nacionales que implementen tecnologías y prácticas bajas en carbono.
La suscripción del convenio estuvo a cargo de la ministra del Ambiente, Kirla Echegaray, y del embajador de Suiza en el Perú, Markus-Alexander Antonietti, quien estuvo en representación de la ministra del Medio Ambiente, Transportes, Energía y Comunicación de la Confederación Suiza, Simonetta Sommaruga.
Durante la cita, la ministra del Ambiente, Kirla Echegaray destacó este histórico acuerdo que permite a ambos países unir esfuerzos frente al cambio climático. “La suscripción de este convenio es un ejemplo concreto de cómo la cooperación entre países puede facilitar el cumplimiento de nuestras metas climáticas y, al mismo tiempo, traer prosperidad y bienestar para nuestros ciudadanos”, subrayó.
Asimismo, Echegaray Alfaro puso de relieve el proceso de diálogo que duró 2 años entre el Ministerio del Ambiente y la Oficina Federal de Medio Ambiente de Suiza para hacer realidad este innovador instrumento de cooperación. “Este acuerdo representa un modelo a nivel internacional de cómo sacar adelante los enfoques de mercado de carbono propuestos por el Acuerdo de París y facilitar así su implementación en favor de un desarrollo sostenible”, afirmó.
Por su parte, la ministra del Medio Ambiente, Transportes, Energía y Comunicación de la Confederación Suiza, Simonetta Sommaruga destacó la contribución contra la emergencia climática que permitirá dicho convenio, «Todos podemos sentirnos orgullosos de este acuerdo porque contribuirá al desarrollo sostenible en el Perú, permitirá poner en práctica nuestro compromisos en el marco del Acuerdo de París y aumentar nuestra ambición climática».
Convenio pionero
El referido acuerdo bilateral es el primero en el mundo suscrito en el marco del artículo 6 del Acuerdo de París, lo que constituye un hito y una constatación de la enorme importancia que ambos países asignan a la preservación del ambiente y frente al cambio climático.
El convenio promoverá el financiamiento de proyectos nacionales que implementen tecnologías y prácticas con bajas emisiones de GEI, en el campo de las energías renovables, cocinas mejoradas, rellenos sanitarios, electrificación rural, y otros; permitiendo transferir las reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero entre ambos países.
De este modo, el país transmisor obtiene un pago por transferir una determinada cantidad de resultados de mitigación, mientras que el receptor podrá hacer uso de dichos resultados como parte del cumplimiento de su Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDCs, por sus siglás en inglés).
El artículo 6 del Acuerdo de París tiene como objetivo promover enfoques integrados, holísticos y equilibrados que ayuden a los gobiernos a implementar sus Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) a través de la cooperación internacional voluntaria. Este mecanismo de cooperación facilitará el logro de los objetivos de reducción de emisiones de carbono y aumentará la ambición climática.
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