| MIGRACIONES |
Migración, Derechos Humanos y Criminalidad en las sociedades europeas contemporáneas
— por Javier Gamero Kinosita [1], lic.iur, LL.M.1, colaborador de PuntoLatino —
El proceso de globalización ha generado que Europa haya sido en los últimos años, receptora de un marcado flujo migratorio, diversos grupos de seres humanos de distintas latitudes, con un destino escurridizo y con culturas y tradiciones heterogéneas han inmigrado masivamente al “viejo continente”, tornando a sus países miembros en sociedades íntegramente pluriculturales.
Según el Dr. Walter Kälin, Catedrático de Derechos Humanos en la Universidad de Berna[2], simples interrogantes, tales como si se puede en los colegios dispensar de las clases de natación a las alumnas de familias inmigrantes tradicionales en virtud de la libertad de religión o si se puede permitir a una maestra impartir clases portando un velo o si se debe permitir ceremonias litúrgicas religiosas a los reos que no son cristianos en los establecimientos penitenciarios en virtud de la libertad de culto; o interrogantes mucho más complejas, tales como si nuestras autoridades pueden permanecer impasibles ante los matrimonios forzosos o si se pueden tolerar la mutilación genital femenina; confieren sin lugar a duda renovada relevancia a las identidades étnicas y culturales que, de alguna forma redefinen hoy en día en el continente los principios centrales de la convivencia entre minorías y mayorías y también los alcances y límites de la tolerancia.
La emergencia de estos nuevos universos identitarios han generado en las sociedades democráticas occidentales un conflicto de valores, conflictos culturales, conflictos de identidad y desde luego conflictos normativos, que tocan tangencialmente la vigencia irrestricta de los derechos humanos fundamentales desvaneciéndose por una lado la anhelada tesis de la convergencia de la cultura global y por otro lado, fortaleciéndose la denominada teoría de la incompatibilidad cultural, que se basa en la incongruencia estructural existente entre las normas culturales del país emisor y las normas culturales y penales del país receptor.
La influencia de los conflictos culturales en la criminalidad
El Dr. Carlos Vázquez González de la UNED sostiene[3] que “las prácticas, hasta entonces inexistentes en las sociedades europeas, como la poligamia, la mutilación genital femenina, la lapidación por adulterio, los actos de privación de libertad o secuestros de esposas, hijas, hermanas y sobrinas, entre otros castigos bárbaros y -en casos extremos, hasta el asesinato en nombre del honor familiar- ya no son algo desconocido o anecdótico, producto de tribus salvajes o incivilizadas de rincones lejanos del planeta y de la que teníamos noticias a través de reportajes o documentales ofrecidos por los medios de comunicación, sino que se producen cotidianamente en el seno de sus comunidades”.
En opinión de la Dra. Andrea Di Nicola de la Universidad Católica de Milán, Italia; en muchos países de la EU se ha incrementado ostensiblemente el debate público y la crítica social acerca de la relación existente entre la inmigración irregular y el crimen. [4] Sólo en Gran Bretaña entre el 2004 y 2005, se han registrado 12 asesinatos por honor y en el año 2010 se registraron en ese país 2823 delitos contra mujeres para limpiar la honra de la familia.[5] El Dr. Michael Windzio del Instituto de Investigación Criminológica de Hannover sostiene que la “cultura del honor” ha tomado también gran relieve en la conducta violenta de los jóvenes inmigrantes en Alemania.[6]
El problema radica en que los jóvenes inmigrantes yacen entre dos sistemas culturales totalmente distintos, el hegemónico o mayoritario de la sociedad de acogida y el de las minorías étnicas de las que proceden. Un factor que genera tensión en la convivencia es la posición asumida por ciertas minorías de resaltar su cultura, su tradición. Es el llamado repliegue identitario del inmigrante o aislamiento migratorio provocado fundalmentalmente por la exclusión social.[7] Cabe destacar también la existencia de los movimientos ghetto, que se refiere a aquellos grupos de inmigrantes que han renunciado al objetivo de la integración, buscando por el contrario, la segregación y exclusión de la sociedad. El inmigrante se ve obligado a ejercitar un desdoblamiento identitario entre la cultura de la sociedad de origen y de la sociedad de acogida. Su yo proyecta una doble visión en el sistema de normas y valores de ambas sociedades. Esta especie de entrecruzamiento cultural en sociedades completamente antagónicas generan una incompatibilidad de concepciones. El dilema estriba en el conflicto de lealtades, si respetar las normas y valores de su familia de origen o los de la sociedad que los acoge. En la doctrina penal internacional se advierten dos figuras jurídicas:
Los delitos culturalmente motivados: Se refieren a los comportamientos que infringen las normas penales y que se explican en razón de la cultura a la que pertenece el infractor. El autor considera que el comportamiento desplegado no es delito dentro de su esfera cultural. La doctrina del derecho contempla una influencia en el juzgamiento de estos delitos cuando se trata de establecer la culpabilidad o responsabilidad, ya que ellos adecuan su conducta a mandatos admitidos como válidos y necesarios dentro de su comunidad.
Los delitos por convicción y por un deber de conciencia: Son aquellos casos en que se incumple la norma por un deber de conciencia. El individuo no puede anteponer una decisión del legislador a sus propias convicciones discrepantes. El infractor antepone sus creencias al derecho oficial, siendo plenamente consciente de que su acción es considerada un delito, a diferencia en los delitos culturalmente motivados, en donde el infractor considera no haber infringido la ley.
Reflexión final
Este complejo panorama ha incrementado la percepción de inseguridad de las ciudadanas y ciudadanos europeos que cada vez se sienten más inseguros y amenazados cotidianamente por los extranjeros inmigrantes originando un “miedo a los distintos”, el “miedo al otro” y un “rechazo frontal a las minorías”. Los inmigrantes son vistos como cargas sociales y económicas por la población autóctona, se tiene una percepción errónea de los extranjeros basada en estereotipos y prejuicios tales como: los inmigrantes tienen un nivel cultural bajo, son ignorantes, no se quieren integrar, no pagan la seguridad social, se llevan todas las ayudas, nos quitan nuestros trabajos, etc.
Esta percepción de inseguridad ciudadana está ligada fundamentalmente a la inmigración ilegal que es considerada nociva y asociada a la vagancia, la delincuencia, la violencia y finalmente al extremismo radical y terrorismo. Hay quienes incluso otorgan al inmigrante ilegal un estatus ligado a la criminalidad. Esta criminalización racista acarrea el riesgo de marginalización plena en la sociedad de acogida. En la doctrina ha calado la denominación de “ejército de reserva de delincuentes” [8] como referencia al estatus ligado a la criminalización y marginalización del inmigrante ilegal. La sociedad está cada vez menos dispuesta a tolerar riesgos. En el debate público predominan propuestas de políticas migratorias de carácter claramente restrictiva o programas de “inmigración-cero”, que contemplan el cierre de fronteras, la imposibilidad del reagrupamiento familiar, la expulsión o retorno voluntarios de aquellos colectivos de inmigrantes indeseables (filtro étnico), recorte de subvenciones económicas, entre otros, muy alejadas de aquellos modelos multiculturalistas. Este contexto actual de inseguridad y preocupación social ha creado las condiciones favorables para las corrientes xenófobas y populistas que generan discriminación y racismo.
Todo ello constituye los nuevos desafíos para las políticas nacionales de integración y las políticas criminales. A mi juicio, el camino a seguir por los países europeos frente a la sociedad pluricultural y la diversidad cultural existente, debe ceñirse estrictamente por la senda de la doctrina universal de los derechos humanos, creación histórica de las sociedades democráticas, que debe ser el factor esencial de integración estatal y social y la viga maestra de la política de multiculturalismo, los derechos humanos han de ser el filtro entre lo tolerable y no tolerable en la región.
(1) Jurista y criminólogo peruano, miembro de la Sociedad Suiza de Derecho Penal y la Sociedad Europea de Crimonología.
(2) Walter Käling (2000): Grundrechte im Kulturkonflikt: Freiheit und Gleichheit in der Einwanderungsgesellschaft. Reflexión en la contraportada del libro. Editorial Neue Zürcher Zeitung, Zürich- Suiza.
(3) Carlos Vázquez González (2010): ”Inmigración, Diversidad y Conflicto Cultural: Los delitos culturalmente motivados cometidos por inmigrantes“. Estudios de Criminología y Política Criminal 20. Págs. 128 y 129. Editorial Dykinson, S.L. Madrid. España.
(4) Andrea Di Nicola (2009): « What Predicts Violent Crimes by Immigrants? An Explanatory Analysis ». IX Conference of the European Society of Criminology: Criminology and crime policy between human rights and effective crime control». Liubliana – Eslovenia 9-12 setiembre 2009-
(5) Martin Alioth, Dublin (2011): “Misshandelt im Namen der Ehre“. Neuer Zürcher Zeitung (NZZ) del 4.12.11. Zürich-Suiza.
(6) Michael Windzio (2006): “Violent behaviour of young inmigrants in Germany: The relevance of self-control, culture of honour and social bonds“. 6th Annual Conference of the European Society of Criminology: Understanding Crime : Structural and Developmental Dimensions and their Implications for Policy. Tübingen, Alemania, 26-29 agosto 2006.
(7) Carlos Vázquez González (2010): “El reto de las identidades y el multiculturalismo para el Derecho Penal“. Lección inaugural del Curso Académico 2010-2011 de la UNED. 9 noviembre 2010. Salones de la Grande Société en Berna – Suiza.
(8) J. de Lucas (2004): “La inmigración como res política”. Cuadernos Electrónicos de Filosofía del Derecho (CEFD), 10. Pág. 1-44. Madrid.